La conferencia que se llevó a cabo en el Auditorio del Pleno Alterno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el día de ayer martes 03 de marzo de 2020, contó con la presencia del profesor Martin Borowski quien es maestro en Derecho público Constitucional y Filosofía del Derecho por la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Este texto, cabe señalar, es un muy breve resumen de la conferencia cuyo tema principal fue el efecto horizontal de los derechos fundamentales.
Para poder entender dicho efecto es necesario que nos planteemos una especie de triángulo imaginario, donde en la parte superior se encuentre el estado y en ambos vértices inferiores exista un particular respectivamente.
Este triángulo nos es de utilidad para entender el resto de la explicación que el profesor Borowski realiza. Este nos platica que el Estado es quien debe considerar la necesidad de proteger al ciudadano frente a otro ciudadano, esta es la relación en sentido vertical que existe de los derechos constitucionales, el problema viene cuando se busca plantear el eje horizontal y el profesor, por medio de esquemas y ejemplos, explicó de manera concisa lo siguiente.
Existen dos tipos de efectos horizontales, uno directo y uno indirecto y este a su vez se divide en derecho positivo y derecho negativo. Si bien el Estado no controla las conductas de los particulares tiene una influencia en el derecho privado, a esto se le conoce como efecto horizontal indirecto.
Para poder entender mejor al efecto horizontal directo el profesor Borowski nos plantea el caso de la revista Springer (de origen alemán) quien fue amenazada por el alemán conservador Blinkfüer, para que dejase de publicar ciertos artículos. Esta amenaza fue realizada bajo un concepto pecuniario. Cuando la Corte falló en favor del alemán en defensa de su derecho de libertad de expresión, esta realizó lo que el profesor Borowski denomina derecho positivo.
Ahora bien, si la corte hubiese fallado en favor de la revista esto hubiese sido un derecho positivo en protección a la libertad de prensa. El que sea considerado positivo o negativo va a depender del Estado, ambas posibilidades siempre están presentes y son inevitables.
Finalmente señala el profesor Borowski que los Derechos Humanos son Derechos Morales, que no pasan de ahí a menos que sean positivizados en un ordenamiento jurídico, convirtiéndose así en derechos fundamentales que ya son aplicables y eficaces para el Estado quien los debe garantizar a los ciudadanos.
Sin duda una gran conferencia, con una interesantísima ponencia y una sección de preguntas-respuestas muy enriquecedora, tanto para el profesor como para los asistentes.
Luz del Carmen Pérez Gudiño